domingo, 5 de septiembre de 2010

Remisión al Congreso del Proyecto de Ley del Registro Civil

Las características de la nueva regulación son:


  1. Se configura como registro electrónico. Esto es, se sustituirán los actuales libros de papel por fichas electrónicas.
  2. Dichas fichas serán individuales, esto es, se abrirá una ficha por individuo que contendrá toda su vida civil, desde su nacimiento hasta su defunción.
  3. Se dejarán de expedir los Libros de Familia, que pasarán a ser certificaciones registrales que podrán solicitarse personalmente o por internet.
  4. Las Autoridades y los funcionarios dispondrán de acceso directo al contenido del Registro sin necesidad de solicitar certificación.
  5. Se configura como un registro administrativo, cuya llevanza se encomienda a funcionarios públicos, sometidos al control judicial y descargando a los jueces de una función impropia que les estaba encomendada hasta ahora.
  6. Se refuerza el papel de los Ayuntamientos.
  7. Se incorpora determinada regulación para cumplir con los principios de igualdad, dignidad e intimidad.
  8. Dicho Proyecto modifica la LEC, incorporando un procedimiento sencillo y rápido de modificación del contenido del Registro Civil.

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